Corte Suprema (18.1.2021, rol 72198-2020): según los tratados internacionales vigentes, las personas tienen derecho humano de acceso al agua potable en condiciones de igualdad y no discriminación, lo que se traduce en un deber exigible al Estado, especialmente en el caso de grupos vulnerables
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PUBLICADO POR ladiscusion on Enero 21, 2021.