La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó la sentencia que condenó al local “Di Lui” a pagar una indemnización a la Sociedad Chilena del Derecho de Autores e Intérpretes Musicales –SCD– por incumplimiento de contrato al no pagar por las piezas musicales ejecutadas públicamente en el salón de té entre 2013 y 2018.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad y confirmó la resolución dictada el 13 de mayo pasado por el Segundo Juzgado Civil de Chillán, que acogió la demanda.
La resolución confirmada agrega que: “el incumplimiento en el pago de la tarifa de que se viene tratando constituye, igualmente, infracción a lo dispuesto en los artículos 21 y 67 de la Ley 17336, de modo que es procedente la aplicación de la multa establecida en el artículo 78 del mismo cuerpo legal y que el Tribunal fijará en una suma equivalente a 20 Unidades Tributarias Mensuales, en atención al período por el que se ha extendido la infracción, esto es, desde el mes de Enero de 2013”.